Esta es la pregunta que ante la falta de señales positivas del interpelado (a) y a reserva de no importunar a la o el requerido para la satisfacción de necesidades o impulsos sexuales, perversos o no, deberemos plantear en adelante cuando el amor o el deseo nos conviertan en cuerpos ávidos de complacencia por parte de un segundo sujeto (a), si no queremos ser acusados de acosadores, independientemente de que nuestra sociedad sea tercermundista y más atrasada que la francesa; como dicen muchos y muchas que defienden el derecho de acusar a cualquiera que de cualquier forma los, pero principalmente, las importune con requerimientos sexuales no convenidos, ya sea de forma verbal o por señas corporales. Como argumentó Catalina Ruiz en un debate con Martha Lamas, en relación al escrito de las intelectuales francesas que defienden el derecho a “importunar con galantería y seducir torpe o con insistencia de los hombres”, en el contexto de la campaña #MeToo, originada en Hollywood, Estados Unidos, y que ha llevado al cadalso mediático a varios presuntos acosadores. Y me pliego a la posición de Lamas menos estricta, porque muchas veces las señales no son tan claras: ni positivas, ni negativas; porque hay quienes incluso dicen no con la palabra cuando con las señales corpóreas consienten, hay también quienes dicen sí y después se arrepienten y se mueven al no físico o verbal. Aunque en cualquier caso y de acuerdo a lo establecido en cuanto a significado, un no es un no y debe bastar para detener los requerimientos amorosos y seductores.
He usado la palabra coger en el tiempo condicional pospretérito, ya que de esta forma al requerir de alguien tal acción —más allá de escribirla entre signos de interrogación o entonarla de manera inquisitiva—, el tiempo condicional pospretérito indica que de aceptar la parte solicitada, lo haría indudablemente después de consentir —aunque suene obvio—, a lo que fue al momento de ser planteado un cuestionamiento-solicitud hipotético, que sólo sería ejecutado de manera posterior a la respuesta afirmativa. En caso contrario, con la obtención de una contestación negativa, el solicitante al haber planteado un escenario de un futuro hipotético no debería ser acusado de ningún crimen, pues una hipótesis no compromete, por tanto no debe incomodar a nadie, ya que es hasta no ser comprobada, es eso, una hipótesis. Incluso cuando el o la exhortada se sientan ofendidos por el hipotético planteamiento.
Debe ser derecho de todo ciudadano (a) del mundo poder plantear, ya sea de manera verbal o por escrito, ese ¿cogerías conmigo? que lo pueda llevar a los límites de la pasión o al deseo desbordado, a tocar el cielo en un orgasmo, a la felicidad de ida y vuelta y hasta la bancarrota sentimental pos-coito. Ese, ya sea por placer o por la perpetuación de la especie, debe ser un derecho fundamental humano. Como también lo debe ser la respuesta negativa del o la requerida. Y ante el no, claro y rotundo, verbal o corporal a ese planteamiento, la solicitud-hipotética no tendría más que desvanecerse en el imaginario del perpetuador verbal o literario y caer en el olvido del o la instada; sin mediar de por medio demanda legal, acusación publicitaria o linchamiento en la red internauta por haber insinuado en una pregunta condicionada un deseo o una necesidad amorosa o puramente sexual.
Se podrá argumentar que la pertinencia o la impertinencia de un ¿cogerías conmigo? puede obedecer, la primera, al o a la que pide y, la segunda, exclusivamente a la o el convocado; y que de esta manera la parte cuyos favores sean implorados, puede considerar impertinente y ofensivo el planteamiento, y que en consecuencia tuviera todo el derecho de acusar y evidenciar públicamente al o a la que inquiere; lo cual me parece un exceso, cuando la solicitud no tenga más propósito que el solaz esparcimiento de ambas partes y/o la reproducción de la especie humana. Aclarando que siempre y cuando esta solicitud, por supuesto, no condicione una posición laboral, o cualquier beneficio social, académico o de otra especie que la parte invitada deba o pueda obtener sin recurrir a un encuentro de cualquier tipo con el o la peticionaria.
¿Cogerías conmigo? es pues mi derecho a la expresión de un deseo o una necesidad, que no debería ofender de ninguna forma a quien yo se lo esboce, en tanto esa persona tiene todo el derecho de negarse, y es mi obligación acatar la negativa. Aunque la valoración de la insistencia en el planteamiento queda a reserva del que solicite, en cuyo riesgo tiene en estos días el ser señalado de acosador, dependiendo de la parte solicitada a la que se le ocurra interpelar. Pero en tiempos de puritanismos sexuales más vale preguntar antes de decir guapa o mirar con cierta lascivia, y olvídense de “robar” un beso o siquiera rozar con intención sexual. Por mi parte aún me estremezco al recordar la vez que pregunté ¿cogerías conmigo?
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